"DON´T SPEAK"
DIVERSIDAD SEXUAL
En este blog encontraras algunas opiniones y comentarios frente las condiciones sexuales del hombre racional llamado ser humano independientemente si estas de acuerdo o no ...tu opinión en este blog vale..
sábado, 29 de junio de 2019
Entérate de tus derechos...
A continuación puede encontrar información relacionada a los derechos de las personas que hacen parte de la comunidad LGBTI
Derechos
sábado, 22 de junio de 2019
viernes, 5 de abril de 2013
LA ADOPCIÓN DE NIÑOS EN PAREJAS DEL MISMO SEXO
A esto se
añade, la importancia que han tomado los integrantes de la comunidad LGBT en
cargos públicos administrativos como lo es el de Tatiana Piñeros, un transexual de
maquillaje sobrio y traje ejecutivo que asumió el cargo de directora de gestión
corporativa en la Secretaría de Integración y el reto de manejar $ 570.000
millones de presupuesto en una entidad a la que la Alcaldía le encomendó gran
parte de su programa de gobierno. Adicionalmente como se pudo observar en
la pasada entrega de los premios de la revista SHOCK 2012 a dos transgeneristas
llamados artísticamente, Gigi Williams y Dana Sultana presentando a los
nominados al mejor artista pop masculino del año. En fin, aquí no se
trata de escudriñar la vida personal de cada ser humano, sino de ver sus
potenciales como profesional y como ser íntegro honorable y ejemplar para una sociedad que
solo está al tanto de husmear y criticar
la labor de estas personas debido a su orientación sexual y transformación de
género.
Pero volviendo a nuestro asunto, pensemos un poco más allá de estas líneas
escritas por la preocupación que hay en torno a esta situación. Alguna vez
usted se ha preguntado: ¿Cuántos niños, en la mayoría de casos recién nacidos son
abandonados por sus padres en un andén de una calle bogotana abrazados por el
terror y desolador frío capitalino?, ¿Cuántas
madres de familia a diario son víctimas
en nuestro país del maltrato intrafamiliar?, ¿Cuántas de ellas han sido
desamparadas por su cónyuge sin ningún sustento alimenticio para sus hijos y se
han visto en la obligación de
entregarlos al ICBF(Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) para que se les asigne un
hogar sustituto? Y ahora, ¿Qué me dicen de los niños trabajando en un semáforo
o pidiendo limosna para el sustento de
su familia, gracias a la falta de oportunidades laborales por los altos
índices de desempleo en nuestro país, o en otras ocasiones a la pereza y explotación
por parte de sus padres?, aun así, ¿Cuántas madres cabeza de familia luchan día
tras día para sostener su humilde hogar? Pues bien, veamos ahora como todos
estos problemas que radican en hogares unos legalmente conformados, en donde
existe las figuras de “Papá” y “Mamá”, y otros en donde “Mamá y Papá”, son
solo uno o viceversa; con todo y eso a veces
no vemos la dimensión a la que se puede llegar dejando a un lado una posición
machista, a una realidad que cada vez toma un lugar más importante y fuerte en
nuestra sociedad, otorgándole un hogar
digno a un niño desprotegido o desamparado, en el cual las condiciones de vida pueden ser quizás mejores; no solo en aspecto
económico, sino emocional en la que podría existir un desbordamiento afectivo
inmenso como amor, comprensión, tolerancia, respeto entre otros valores éticos
y porqué no morales, que personas homosexuales pueden brindarle a sus hijos en
adopción, como es el caso del pasado 22 de Mayo del año en curso, cuando elciudadano extranjero Chandler Burr a través de una acción de tutela que impuso alICBF, en la que exigía la custodia de sus hijos colombianos al hacer
arrebatados, cuando éste instituto conoció la orientación sexual de su padre como se plasma en el siguiente artículo:
Luego que se conociera su condición
homosexual y fuera separado de sus hijos adoptivos por parte del Instituto de
Bienestar Familiar, la Corte Constitucional le concedió una tutela al ciudadano
estadounidense Chandler Burr, en que se ordenó la entrega de los menores.
Según
la Corte Constitucional la custodia de los niños debe ser otorgada
definitivamente a Chandler Burr, y deja sin efecto todas las resoluciones
dictadas previamente por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF,
en el estudio de este caso.
El
fallo resalta que medidas como las de separar a los niños de sus familias y
ubicarlos en un hogar sustituto “no pueden basarse en apariencias, preconceptos
o prejuicios”.
Dice
además, esta sentencia asegurar la estabilidad jurídica de la situación de esta
familia que aunque ya están reunidos desde diciembre de 2011, jurídicamente
continuaban en espera de este pronunciamiento por parte de la Corte.
Concluye
que el ICBF no contaba con evidencia de que los hijos del señor Burr estuvieran
en riesgo y criticó que la subdirectora de Adopciones del ICBF hubiese dado
“por sentado que la orientación sexual del peticionario habría podido afectar
el resultado del proceso de adopción o generaba una amenaza sobre los derechos
de los niños”, sin explicar nunca “las razones en las que se basaron sus
conclusiones”.
La
Corte encontró que la única afectación a los derechos de los hijos del señor
Burr se derivó de las propias determinaciones adoptadas por el ICBF,
pues
fue la separación de su padre lo que puso en riesgo la estabilidad emocional de
los niños y no la orientación sexual de su padre y que incluso se constató que
los niños manifestaron su deseo de estar con su papá, pero que su opinión no
fue tenida en cuenta por el ICBF.
Sintetizando, pues, diré para terminar
independientemente cuál sea su inclinación sexual enfoquemos más esta polémica
de adopción de niños en parejas homosexuales,
hacia el contexto social y los problemas que atañen estas situaciones de
abandono, desamparo, descuido y maltrato infantil, luchando por los derechos de
los niños, así nuestra justicia colombiana sea cada día más estéril, ante los
problemas actuales sociales, económicos
políticos de nuestro país. Se debe propender a que no haya más niños en
la calle sin educación, sin un hogar digno acobijados en la mayoría de casos
por un signo peso que conocieron desde el momento en que se volvieron el
sustento principal de sus hogares.
Recuerden siempre esto con inteligencia y sabiduría:
“Cuando
seas padre, crías hijos más no condiciones”
BIBLIOGRAFÍA
Constitución Política de Colombia de 1991.
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