DIVERSIDAD SEXUAL

En este blog encontraras algunas opiniones y comentarios frente las condiciones sexuales del hombre racional llamado ser humano independientemente si estas de acuerdo o no ...tu opinión en este blog vale..

sábado, 29 de junio de 2019

Entérate de tus derechos...


A continuación puede encontrar información relacionada a los derechos de las personas que hacen parte de la comunidad LGBTI

Derechos

viernes, 5 de abril de 2013

LA ADOPCIÓN DE NIÑOS EN PAREJAS DEL MISMO SEXO


      Las controversias y la desigualdad en nuestro país, han tomado rumbos diferentes cuando se aborda el tema de  adopción de niños  por  personas de la comunidad  LGBTI (lesbianas, gais, bisexuales y transexuales o transgénero). A lo largo de la historia, hemos podido observar que las condiciones e inclinaciones sexuales han venido transformando la manera de ver, señalar y juzgar a estas personas, que ante todo son seres humanos, capaces de contribuir a una sociedad reprimida por unos pocos y habitada por muchos. En  donde éste,  un ser humano “anormal” como lo suelen llamar en algunas ocasiones, algunas personas homofóbicas o tal vez  ciegas ante esta situación que hoy en día  se puede palpar en  muchos hogares Colombianos, también posee las mismas capacidades  de aportar un granito de arena para cambiar este mundo estropeado por dolor,  violencia, intolerancia y sed de paz, gracias a los síntomas inevitables que siguen atormentando nuestro país como la desigualdad, la corrupción y la burocracia; cuya diferencia solo radica en su condición sexual. Sin embargo, se encuentran los pros y  los contras, cuando esta comunidad exige que  la adopción de niños en parejas homosexuales se convierta en  un derecho.  Aunque  en la Constitución Política  de nuestro país, el primer párrafo del artículo 13  textualmente diga: Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán, la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. Y así, no contemple ningún vínculo afectivo,  ni la creación de  núcleo familiar en parejas homosexuales; con todo y esto la mayor oposición a conceder este derecho sea la  Procuraduría General de la Nación, también se escuchan las diversas opiniones compartidas, unas a favor y otras en contra, de algunos ciudadanos  cada vez que este tema sale a la luz pública.

 A esto se añade, la importancia que han tomado los integrantes de la comunidad LGBT en cargos públicos administrativos como lo es el de Tatiana Piñeros, un transexual de maquillaje sobrio y traje ejecutivo que asumió el cargo de directora de gestión corporativa en la Secretaría de Integración y el reto de manejar $ 570.000 millones de presupuesto en una entidad a la que la Alcaldía le encomendó gran parte de su programa de gobierno. Adicionalmente como se pudo observar en la pasada entrega de los premios de la revista SHOCK 2012 a dos transgeneristas llamados artísticamente, Gigi Williams y Dana Sultana presentando a los nominados al mejor artista pop masculino del año. En fin, aquí no se trata de escudriñar la vida personal de cada ser humano, sino de ver sus potenciales como profesional y como ser íntegro  honorable y ejemplar para una sociedad que solo está al tanto de  husmear y criticar la labor de estas personas debido a su orientación sexual y transformación de género.

Pero volviendo a nuestro asunto,  pensemos un poco más allá de estas líneas escritas por la preocupación que hay en torno a esta situación. Alguna vez usted se ha preguntado: ¿Cuántos niños, en la mayoría de casos recién nacidos son abandonados por sus padres en un andén de una calle bogotana abrazados por el terror y desolador  frío capitalino?, ¿Cuántas madres de familia a diario son víctimas  en nuestro país del maltrato intrafamiliar?, ¿Cuántas de ellas han sido desamparadas por su cónyuge sin ningún sustento alimenticio para sus hijos y se han visto en la obligación de  entregarlos al ICBF(Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) para que se les asigne un hogar sustituto? Y ahora, ¿Qué me dicen de los niños trabajando en un semáforo o pidiendo limosna  para el sustento de su familia, gracias a la falta de oportunidades laborales por   los  altos índices de desempleo en nuestro país, o en otras ocasiones a la pereza y explotación por parte de sus padres?, aun así, ¿Cuántas madres cabeza de familia luchan día tras día para sostener su humilde hogar? Pues bien, veamos ahora como todos estos problemas que radican en hogares unos legalmente conformados, en donde existe  las  figuras de “Papá” y  “Mamá”, y otros en donde “Mamá y Papá”, son solo uno o viceversa; con todo y eso  a veces no vemos la dimensión a la que se puede llegar dejando a un lado una posición machista, a una realidad que cada vez  toma un lugar más importante y fuerte en nuestra sociedad, otorgándole  un hogar digno a un niño desprotegido o desamparado,  en el cual  las condiciones de vida  pueden ser quizás mejores; no solo en aspecto económico, sino emocional en la que podría existir un desbordamiento afectivo inmenso como amor, comprensión, tolerancia, respeto entre otros valores éticos y porqué no morales, que personas homosexuales pueden brindarle a sus hijos en adopción, como es el caso del pasado 22 de Mayo del año en curso, cuando elciudadano extranjero Chandler Burr a través de una acción de tutela que impuso alICBF, en la que exigía la custodia de sus hijos colombianos al hacer arrebatados, cuando éste  instituto  conoció la orientación sexual de su padre  como se plasma en el siguiente artículo:

      Luego que se conociera su condición homosexual y fuera separado de sus hijos adoptivos por parte del Instituto de Bienestar Familiar, la Corte Constitucional le concedió una tutela al ciudadano estadounidense Chandler Burr, en que se ordenó la entrega de los menores.

Según la Corte Constitucional la custodia de los niños debe ser otorgada definitivamente a Chandler Burr, y deja sin efecto todas las resoluciones dictadas previamente por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, en el estudio de este caso.

El fallo resalta que medidas como las de separar a los niños de sus familias y ubicarlos en un hogar sustituto “no pueden basarse en apariencias, preconceptos o prejuicios”.

Dice además, esta sentencia asegurar la estabilidad jurídica de la situación de esta familia que aunque ya están reunidos desde diciembre de 2011, jurídicamente continuaban en espera de este pronunciamiento por parte de la Corte.

Concluye que el ICBF no contaba con evidencia de que los hijos del señor Burr estuvieran en riesgo y criticó que la subdirectora de Adopciones del ICBF hubiese dado “por sentado que la orientación sexual del peticionario habría podido afectar el resultado del proceso de adopción o generaba una amenaza sobre los derechos de los niños”, sin explicar nunca “las razones en las que se basaron sus conclusiones”.

La Corte encontró que la única afectación a los derechos de los hijos del señor Burr se derivó de las propias determinaciones adoptadas por el ICBF, pues fue la separación de su padre lo que puso en riesgo la estabilidad emocional de los niños y no la orientación sexual de su padre y que incluso se constató que los niños manifestaron su deseo de estar con su papá, pero que su opinión no fue tenida en cuenta por el ICBF.

Sintetizando, pues, diré para terminar independientemente cuál sea su inclinación sexual enfoquemos más esta polémica de adopción de niños en parejas homosexuales,  hacia el contexto social y los problemas que atañen estas situaciones de abandono, desamparo, descuido y maltrato infantil, luchando por los derechos de los niños, así nuestra justicia colombiana sea cada día más estéril, ante los problemas actuales sociales, económicos  políticos de nuestro país. Se debe propender a que no haya más niños en la calle sin educación, sin un hogar digno acobijados en la mayoría de casos por un signo peso que conocieron desde el momento en que se volvieron el sustento principal de sus hogares.

Recuerden siempre esto con inteligencia y sabiduría:


“Cuando seas padre, crías hijos más no condiciones”



BIBLIOGRAFÍA


Constitución Política de Colombia de 1991.




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MANIFESTACIÓN 17- ABRIL - 2013
POR NUEVA VOTACIÓN DEL CONGRESO
"MATRIMONIO IGUALITARIO"
COMUNIDAD LGBTI